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Transferencia de vehículos en Aragón

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Sasar.es-Transferencia de vehículos en Aragón

La transferencia de vehículos en Aragón es un proceso fundamental cuando se realiza la compra-venta de un coche o motocicleta. Este trámite asegura que el cambio de titularidad quede registrado de manera oficial y que las responsabilidades legales del vehículo se transfieran correctamente del vendedor al comprador.
A continuación, te explico en detalle los pasos a seguir y los impuestos involucrados.

Impuestos de la transferencia de vehículos en Aragón

El principal impuesto asociado a la transferencia de vehículos en Aragón es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Este impuesto se aplica sobre las transmisiones de vehículos usados entre particulares, y su valor puede variar dependiendo de varios factores:

  • Valor del vehículo: El impuesto se calcula sobre el valor del coche, que no necesariamente es el precio de venta acordado entre comprador y vendedor, sino que se basa en los valores de referencia que establece la Comunidad Autónoma de Aragón. Estos valores se encuentran en tablas oficiales que consideran aspectos como la marca, el modelo y la antigüedad del vehículo.
  • Tipo impositivo: En Aragón, el tipo impositivo general para este impuesto es del 4% sobre el valor del vehículo. Sin embargo, este porcentaje puede variar en función de la antigüedad del vehículo y las características del comprador (por ejemplo, si es una persona con discapacidad y el vehículo se destina a su uso personal, podría beneficiarse de exenciones o reducciones).

Tipo impositivo reducido para vehículos antiguos

Existen reducciones en el tipo impositivo dependiendo de la antigüedad del vehículo:

  • Vehículos con más de 10 años: En Aragón, en algunos casos, el tipo impositivo puede ser reducido para vehículos con más de 10 años de antigüedad. Esta reducción depende del valor venal del vehículo, que suele ser considerablemente más bajo que el de un vehículo nuevo o semi-nuevo.

Exenciones y tipos reducidos para personas con discapacidad

Las personas con discapacidad que adquieran un vehículo para su uso personal pueden beneficiarse de exenciones o reducciones en el ITP. En estos casos, se puede aplicar un tipo reducido o incluso una exención total del impuesto, dependiendo de:

  • Grado de discapacidad: Los compradores con un grado de discapacidad igual o superior al 33% pueden estar exentos del pago del ITP al adquirir un vehículo, siempre que cumplan con los requisitos específicos establecidos por la normativa autonómica.

Vehículos agrícolas

En el caso de los vehículos agrícolas, que se utilizan principalmente en labores del campo, pueden aplicarse tipos impositivos reducidos o exenciones, dependiendo del tipo de vehículo y del uso que se le va a dar. Esto se aplica especialmente en la compra de tractores u otros vehículos especiales para la agricultura.

Vehículos de colección o históricos

Los vehículos que son considerados de colección o históricos (con más de 30 años y con un valor especial) también pueden tener un tratamiento fiscal especial en cuanto al ITP. En algunas circunstancias, pueden beneficiarse de un tipo impositivo reducido o de condiciones específicas para su transferencia, aunque esto puede requerir un procedimiento administrativo adicional para la clasificación del vehículo como histórico.

¿Qué deben hacer las partes en la transferencia de vehículos?

Obligaciones del vendedor

El vendedor debe asegurarse de cumplir con ciertos requisitos y entregar la documentación necesaria al comprador:

  • Notificación de la venta: Es recomendable que el vendedor notifique la venta a la Jefatura Provincial de Tráfico para evitar posibles problemas futuros con multas o responsabilidades. Esto se hace presentando una copia del contrato de compraventa.
  • Documentación del vehículo: Debe entregar al comprador el permiso de circulación y la tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo (ITV) en vigor, junto con el informe de la ITV más reciente.
  • Certificado de situación administrativa: Es aconsejable que el vendedor solicite un certificado de situación administrativa del vehículo para demostrar que el vehículo está libre de cargas, embargos o multas pendientes.

Obligaciones del comprador

El comprador, por su parte, tiene la responsabilidad de llevar a cabo la transferencia formal del vehículo a su nombre:

  • Pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): El comprador debe abonar este impuesto en la oficina de Hacienda de Aragón. Una vez pagado, se le entrega un justificante necesario para continuar con la transferencia.
  • Solicitud de transferencia en la DGT: Con la documentación entregada por el vendedor y el justificante del pago del ITP, el comprador debe acudir a la Jefatura Provincial de Tráfico o realizar el trámite online (si cumple con los requisitos) para solicitar la transferencia de titularidad. Deberá presentar el DNI, la solicitud de cambio de titularidad firmada, y la documentación del vehículo.
  • Pago de la tasa de Tráfico: Este trámite conlleva el pago de una tasa administrativa, que en 2024 es de 55,15 € (aunque esta cifra puede variar ligeramente de un año a otro).

Consideraciones adicionales

  • Plazos: El comprador tiene un plazo de 30 días desde la fecha de compra para realizar la transferencia. Si no lo hace, puede enfrentarse a sanciones y el vehículo podría no estar a su nombre legalmente.
  • Revisar antecedentes del vehículo: Es aconsejable que el comprador solicite un informe del vehículo en la DGT antes de finalizar la compra, para asegurarse de que el coche no tiene embargos, multas, o situaciones legales que puedan complicar la transferencia.

Conclusión

Realizar la transferencia de un vehículo en Aragón es un proceso que requiere la correcta ejecución de varios trámites y el pago de impuestos correspondientes. Es crucial que tanto el vendedor como el comprador cumplan con sus obligaciones para evitar problemas legales o fiscales en el futuro. Siguiendo estos pasos y considerando las variaciones en los impuestos, la transferencia se puede llevar a cabo de manera eficiente y segura.

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